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JUDICIAL

ONG Campo Seguro reitera la necesidad de actualizar la Ley Antiterrorista

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La ONG Campo Seguro, se refirió al fallo judicial que emitió un veredicto condenatorio en contra del líder de la Coordinadora Arauco Malleco, Héctor Llaitul, calificando la medida como “un acto de justicia a las víctimas de violencia rural”, adelantando que esperan insistir en la actualización de la ley antiterrorista.

El imputado fue encontrado culpable por los delitos de la Ley de Seguridad del Estado, en particular por atentado a la autoridad y apología a la violencia, esperándose la lectura de sentencia para el día 07 de mayo.

Al respecto la organización, sentenció que, si bien fue condenado por delitos ocurridos sólo en La Araucanía, hay antecedentes que señalan que la CAM también habría actuado en las regiones de Los Ríos y Los Lagos, esperando también ser llevados a juicio.

 “Aún cuando la comisión de gran parte de estos hechos se desarrolló en la región de La Araucanía, dados los antecedentes conocidos públicamente y los panfletos encontrados posteriores a atentados en las regiones de Los Ríos y Los Lagos, posicionan a la Coordinadora Arauco Malleco y su líder en la autoría de estos ilícitos, hechos que serán llevados a juicio próximamente”, sostienen.

El vocero de la ONG  Campo Seguro, Francisco Muñoz Le Bretón, reconoció la valentía de quienes prestaron declaraciones en este proceso y adelantó que se preparan para solicitar la actualización de la Ley Antiterrorista.

Campo Seguro retomará, luego de las instalaciones de las nuevas comisiones legislativas de Seguridad del Congreso, las gestiones para insistir en nuestros planteamientos en torno a la actualización de la Ley Antiterrorista en tramitación, la que permitirá la mejora de la calificación, investigación, persecución penal y sanciones respecto de actos terroristas”, aseguró.

 

 

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JUDICIAL

Corte de Apelaciones de Valdivia respalda destitución de enfermera que viajó al extranjero durante licencia médica

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La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección presentado por una enfermera que fue destituida de sus funciones en el Hospital Base de Valdivia, luego de viajar fuera del país mientras se encontraba con licencia médica otorgada por la enfermedad grave de su hijo menor de un año.

La decisión fue adoptada de manera unánime por la Primera Sala del tribunal de alzada, que determinó que la sanción fue aplicada por la autoridad correspondiente y dentro de las facultades establecidas por la legislación.

En su resolución, la Corte sostuvo que el deber de probidad administrativa exige a los funcionarios públicos mantener una conducta íntegra y actuar con honestidad y lealtad, privilegiando el interés general por sobre los intereses particulares.

Los ministros señalaron además que este deber no deja de ser exigible por el hecho de que un funcionario se encuentre haciendo uso de una licencia médica. En este caso, el tribunal consideró especialmente relevante que la trabajadora realizara un viaje al extranjero durante el período en que debía cumplir reposo.

Según establece el fallo, el permiso médico había sido otorgado para atender la enfermedad grave de un hijo menor de un año, por lo que el desplazamiento fuera del país fue considerado incompatible con los fines para los cuales se concedió la licencia, al no existir una justificación médica que respaldara el viaje.

La Corte también revisó el procedimiento administrativo que terminó con la destitución y concluyó que este se desarrolló conforme a la normativa. La funcionaria tuvo la posibilidad de participar en el proceso, contó con asesoría jurídica y pudo presentar los recursos administrativos correspondientes.

Otro de los argumentos planteados en el recurso apuntaba a la denominación de la resolución sancionatoria y a la ausencia de un trámite de toma de razón. Al respecto, el tribunal determinó que dicha resolución se encontraba exenta de ese procedimiento conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República.

Asimismo, la Corte descartó que correspondiera presentar un recurso jerárquico en este caso, considerando las atribuciones que la normativa entrega al director del establecimiento respecto del personal del recinto asistencial.

De esta manera, el tribunal concluyó que no se acreditó una actuación arbitraria o contraria a la ley por parte del Servicio de Salud Los Ríos que permitiera establecer una vulneración de las garantías constitucionales invocadas por la recurrente.

Con este pronunciamiento, la Corte de Apelaciones de Valdivia mantuvo vigente la sanción administrativa aplicada a la profesional.

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JUDICIAL

Fiscalía formalizará a tres detenidos por violento robo a adulto mayor en Río Bueno

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La Fiscalía Regional de Los Ríos formalizará este sábado a tres hombres adultos, quienes fueron detenidos por su presunta participación en un robo con violencia e intimidación que tuvo como víctima a un adulto mayor de 70 años en la comuna de Río Bueno.

De acuerdo con los antecedentes reunidos durante la investigación, la víctima retiró una importante suma de dinero desde una entidad bancaria. Posteriormente, los imputados habrían seguido sus movimientos hasta su domicilio, donde se habría concretado el asalto.

La indagatoria establece que uno de los sospechosos habría abordado directamente al adulto mayor, mientras los otros dos permanecían en un vehículo prestando apoyo para ejecutar el delito y facilitar la huida.

Las diligencias investigativas fueron desarrolladas por la Sección de Investigación Policial (SIP) de Carabineros, cuyo trabajo permitió identificar a los presuntos responsables mediante el análisis de cámaras de seguridad y el cruce de diversos antecedentes recopilados durante la investigación.

Los tres detenidos comparecieron este viernes ante el Juzgado de Garantía de Río Bueno para el control de detención. Sin embargo, a petición del Ministerio Público, el tribunal resolvió ampliar la detención hasta este sábado, jornada en la que la Fiscalía formalizará la investigación y solicitará las medidas cautelares que estime pertinentes.

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JUDICIAL

Corte de Apelaciones de Valdivia confirma condena contra exgendarme por apremios ilegítimos a internos de la cárcel

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La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la condena dictada contra el exfuncionario de Gendarmería Harold Lallo Momberg Cid, luego de rechazar, en fallo unánime, el recurso de nulidad presentado por su defensa en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia.

La Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Samuel Muñoz Weisz, Óscar Castro Allende y el abogado integrante Juan Andrés Varas Braun, descartó que existieran errores en la sentencia recurrida y mantuvo la pena de tres años y un día de presidio, además de las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para ejercer cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

El exgendarme fue condenado como autor de dos delitos consumados de apremios ilegítimos, ocurridos el 5 de noviembre de 2019 y el 22 de enero de 2020 al interior del Complejo Penitenciario de Valdivia.

En su resolución, la Corte sostuvo que el tribunal de primera instancia fundamentó adecuadamente su decisión y valoró la prueba conforme a derecho, descartando las alegaciones de la defensa respecto de una supuesta falta de fundamentación.

Asimismo, desestimó la causal de nulidad por una eventual errónea aplicación del derecho, señalando que el recurso no identificó ninguna norma jurídica aplicada incorrectamente y que sus argumentos solo expresaban una discrepancia con la valoración realizada por el tribunal.

Los hechos acreditados

Según estableció el Tribunal Oral, en los días previos al 22 de enero de 2020, Momberg sorprendió a un interno del módulo 42 con un teléfono celular y le exigió el pago de $50 mil para permitirle conservar el aparato. Como el recluso no entregó el dinero dentro del plazo fijado, el entonces funcionario habría encargado a otros internos que lo agredieran, ataque que se concretó el 22 de enero de ese año y que dejó a la víctima con una herida cortante de carácter leve.

Al día siguiente, y aprovechando el proceso de reclasificación del interno para ser trasladado a otro módulo, el condenado volvió a exigirle $50 mil para asignarlo a un módulo considerado más seguro, pago al que el recluso accedió por temor a sufrir nuevas agresiones.

El segundo hecho acreditado ocurrió el 5 de noviembre de 2019, cuando, pese a conocer el riesgo existente, el entonces cabo segundo permitió el ingreso de nueve internos al módulo 42, donde fueron agredidos por otros reclusos y resultaron con lesiones leves.

En el mismo juicio, el Tribunal Oral absolvió a Momberg de los cargos por incremento patrimonial relevante e injustificado y por cohecho, correspondientes a los hechos uno y tres de la acusación presentada por el Ministerio Público.

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JUDICIAL

Fiscalía confirma que detenido por crimen de Eugenio Naín será formalizado por ataque a carabineros en Valdivia

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El Ministerio Público entregó antecedentes sobre la detención de Carlos Cancino Tapia, último prófugo investigado por el homicidio del suboficial mayor Eugenio Naín, procedimiento ocurrido este miércoles en el sector Las Minas, en la costa de Valdivia, y que terminó con dos funcionarios del GOPE de Carabineros heridos a bala.

El fiscal Carlos Bustos informó que el imputado será presentado este jueves ante el tribunal por un delito cometido en flagrancia, tras disparar contra los funcionarios policiales durante el operativo de captura. Posteriormente, será trasladado al Juzgado de Garantía de Temuco para enfrentar la audiencia por su presunta participación en el homicidio del suboficial Naín.

Según explicó el persecutor, el procedimiento se desarrolló cuando personal policial ejecutó una orden de entrada y registro en un inmueble ubicado en el sector Las Minas, donde se encontraba Cancino Tapia. Al momento del ingreso, el sujeto habría opuesto resistencia utilizando un revólver y efectuando disparos contra los carabineros.

Producto del ataque, dos funcionarios resultaron heridos. Uno recibió un impacto balístico en el rostro y permanece en estado grave, mientras que el segundo fue lesionado en el abdomen y presenta una evolución de menor complejidad.

“El funcionario del GOPE que está herido en su rostro está en una situación de gravedad. Hay un segundo funcionario del GOPE herido con un impacto de proyectil en su abdomen, pero está en un estado de menor gravedad que el primero”, señaló el fiscal Bustos.

El imputado también resultó herido durante el enfrentamiento, con un impacto balístico en el rostro, siendo trasladado hasta el Hospital Base de Valdivia fuera de riesgo vital.

Investigación por homicidio de Eugenio Naín

El fiscal Bustos recordó que la investigación por el homicidio del suboficial mayor Eugenio Naín se inició en 2020 y ya cuenta con una persona condenada a 32 años de cárcel, además de otro imputado formalizado cuyo proceso investigativo continúa vigente.

Carlos Cancino Tapia permanecía prófugo desde marzo de 2021 y era uno de los últimos involucrados pendientes de captura en esta causa.

Respecto de los antecedentes que vincularían al detenido con el crimen, el fiscal señaló que existen diligencias como interceptaciones telefónicas realizadas durante la investigación.

Según explicó, en una de estas comunicaciones, registrada en la Región de Los Ríos, personas relacionadas con el lugar donde fue detenido Cancino Tapia habrían hecho referencia a que él sería quien efectuó el disparo que causó la muerte del funcionario policial.

El imputado permanecerá bajo custodia mientras avanzan las diligencias destinadas a establecer su responsabilidad en ambos hechos investigados.

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