JUDICIAL
Suprema revoca falló local y fija millonaria multa por transporte ilegal de productos del mar
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La Corte Suprema revocó la sentencia inicial del Juzgado de Letras de La Unión, dictada el 7 de noviembre de 2022, que había rechazado la denuncia presentada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) por transporte ilegal de recursos del mar.
En su fallo revocatorio según consigna Diario de Valdivia, el máximo tribunal cogió la denuncia y condenó al infractor al pago de una multa de 190,89 UTM -unos 12,5 millones de pesos- por el transporte ilegal de 1.080 kilos de merluza austral y 5 mil 773 kilos de reineta, recursos en estado de sobreexplotación.
Los hechos se remontan a julio del 2021, cuando durante un control en la Ruta 5 Sur, en la comuna de La Unión, funcionarios de Sernapesca de la Región de Los Ríos, junto a Carabineros de la Tenencia de Carreteras de Valdivia, fiscalizaron a un camión que transportaba grandes cantidades de merluza austral y reineta fresca sin la documentación que acreditara su origen legal.
Inicialmente, la denuncia de Sernapesca fue rechazada por el tribunal de primera instancia y este fue confirmado por la Corte de Apelaciones de Valdivia. Sin embargo, tras interponer un recurso de casación, la Corte Suprema revocó estas decisiones y determinó que los recursos transportados eran de origen ilegal.
La sentencia de la Corte Suprema establece que el infractor obtuvo la documentación solicitada después de ser fiscalizado, confirmando así la ilegalidad de su acción y el incumplimiento de la normativa vigente, ya que la documentación la debe portar dese el origen del transporte.
El director regional de Sernapesca Los Ríos, Rafael Hernández, comentó que “este fallo es muy importante para el Servicio, ya que respalda el trabajo de fiscalización que se realiza con el fin de asegurar el cumplimiento normativo y el resguardo de la sustentabilidad de los recursos marinos”.
“Por nuestra parte seguiremos trabajando coordinadamente con los miembros de la Red Sustenta para garantizar que los recursos hidrobiológicos que se transportan, comercializan, almacenan y procesan sean de origen legal”, añadió el directivo
JUDICIAL
Pastor evangélico condenado a 12 años de cárcel por abuso sexual en Mariquina
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El Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia sentenció a un pastor evangélico de 70 años a 12 años de presidio efectivo por el delito de abuso sexual en contra de dos menores, sus nietas, en la comuna de Mariquina, región de Los Ríos. Los hechos ocurrieron en una zona rural entre 2015 y 2021, cuando las víctimas tenían entre 5 y 7 años. La sentencia fue comunicada tras un proceso judicial en el que el imputado fue absuelto del delito de violación, lo que generó críticas por parte de las familias afectadas.
Durante el juicio, la fiscalía presentó pruebas testimoniales y periciales que permitieron acreditar la responsabilidad del acusado en los abusos. Inicialmente, el Ministerio Público solicitó penas de 10 años de cárcel por cada una de las víctimas, pero el tribunal consideró los delitos como un solo hecho, imponiendo una pena única. La lectura de sentencia tuvo lugar el pasado 16 de diciembre.
La madre de las niñas manifestó su inconformidad con la absolución por violación y anunció que evaluará apelar para endurecer la condena. En paralelo, familiares y cercanos realizaron manifestaciones frente al tribunal, mostrando su apoyo a las víctimas con mensajes como «Yo te creo», con el objetivo de visibilizar la importancia de denunciar casos de abuso sexual.
JUDICIAL
Corte negó libertad cautelar a autor del incendio de la «Ultima Frontera»
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La Corte de Apelaciones le negó la libertad bajo medidas cautelares al imputado por incendiar el ex café restaurante «La Ultima Frontera»
El tribunal mantuvo la calificación de intencionalidad de la acción que terminó con el inmueble destruido en enero pasado, mientras sigue pendiente la sentencia en el caso.
“La Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la prisión preventiva contra el imputado por el incendio del Café La Última Frontera de Valdivia» comienza diciendo el fallo leído por la fiscal Alejandra Anabalón.
«El Ilustrísimo Tribunal compartió los argumentos emitidos por la Fiscalía y parte querellante y de esa forma desestimó las alegaciones de la defensa en orden a otorgarle la libertad al imputado para que este cumpliera la medida cautelar de arresto domiciliario”, agregó.
JUDICIAL
Condena histórica en la guerra de los Malls: Sancionan a grupo inmobiliario por competencia desleal
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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) condenó a las inmobiliarias Mall Plaza de Los Ríos y Tres Ríos, junto con el empresario valdiviano Jean Jano, por prácticas de competencia desleal en Valdivia. La sanción responde a una demanda presentada por el Grupo Pasmar y la Inmobiliaria Power Center, vinculadas al empresario Jack Mosa, quienes acusaron a las inmobiliarias de obstaculizar la construcción de un mall competidor en el centro de la ciudad.
Según consignó en su investigación periodística Diario de Valdivia, la sentencia establece el pago de una multa de 250 Unidades Tributarias Anuales (aproximadamente 200 millones de pesos) para cada inmobiliaria y de 10 UTA (8 millones de pesos) para Jano, dictaminando que los involucrados realizaron acciones abusivas y reiteradas para impedir la instalación del proyecto Paseo Valdivia, impulsado por el Grupo Pasmar desde 2014.
Según el fallo, las inmobiliarias demandadas desplegaron una estrategia de litigios continuados, dificultando el avance de las obras de Pasmar y del permiso de edificación mediante recursos judiciales que calificaron de “abusivos” y de carácter desleal. Sin embargo, el tribunal no pudo establecer que las demoras en la recepción final del proyecto de Paseo Valdivia se relacionaran directamente con las objeciones planteadas por el grupo de Jano sobre el permiso de edificación o su calificación ambiental.
En defensa, Jano y las inmobiliarias argumentaron que sus acciones respondían a preocupaciones legítimas sobre la calificación ambiental del sitio propuesto. Sin embargo, el TDLC concluyó que estas se ejecutaron con la intención de frenar a un competidor directo en el mercado local.
La disputa entre ambos grupos se remonta a 2017, cuando el Grupo Pasmar denunció al grupo Jano y sus empresas en el TDLC, luego de años de enfrentamientos comerciales y de múltiples trabas judiciales.
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